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FAQS - Otros


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No. Solo se pueden enterrar o dispersar cenizas en los cementerios o espacios permitidos y habilitados. Tampoco se pueden enterrar o depositar en urnas.

No. Está prohibido poner cualquier elemento de homenaje (placas conmemorativas, carteles, flores ornamentales o de plástico, cruces, etc.).

En las zonas declaradas patrimonio arquitectónico, arqueológico o cultural no está permitido utilizar detectores de metales. El uso de aparatos detectores de metales en zonas arqueológicas o paleontológicas está totalmente prohibido y, para utilizarlos, sería necesaria una autorización administrativa previa.

Las personas que encuentren un resto arqueológico por azar tienen que comunicar y librar el descubrimiento al Departamento de Cultura de la Generalitat de Catalunya (Gobierno de Cataluña) o al ayuntamiento correspondiente en un plazo de 48 horas y, en ningún caso, se puede dar conocimiento público antes de haber informado las administraciones mencionadas. Si la persona se queda con el hallazgo está cometiendo un delito de carácter penal y, si es descubierto, se le decomisarán las piezas y las herramientas como el detector de metales.

Puedes ampliar la información en la Llei 9/1993, de 30 de setembre, del patrimoni cultural català y en el Curs de protecció del patrimoni cultural [PDF, texto en catalán].

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