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Parc del Foix

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Regulación de la pesca


Pescador al pantà del Foix. Autor: Pau Mundó

El Consorcio del Parque del Foix, de acuerd con la Federación de Pesca Deportiva y Casting, la Diputación de Barcelona, el Ayuntamiento de Castellet i la Gornal y la Generalitat de Catalunya, informa de la normativa de regulación de la actividad de la pesca en el mencionado pantano:

  • Por motivos sanitarios y medioambientales, queda prohibida la pesca en todo el pantano, excepto para las competiciones oficiales, degudament autoritzades.
  • La zona donde se podrá realizar las citadas competiciones oficiales (Escenarios de Pesca) es: 

          - L'Alzina; carretera BV-2115 del km 12

  • Por otra parte y debio al estado sanitario del agua, se prohibe también el baño y todo tipo de actividad acuática, así como la utilización de peces o cualquier otro producto proviniente del pantano para el consumo.
  • Si observáis cualquier anomalía o tenéis alguna consulta o incidencia relacionada con el pantano o su entorno, informad rápidamente a alguno de los teléfonos siguientes:

         - Emergencias, 112

         - Guardas del Parque del Foix, 639 347 713

         - Agentes Rurales de la Generalitat de Catalunya, 935 617 000

  • Las sanciones por pesca no autorizada pueden ser de 301 a 3.000 euros.

 

Regulación de la escalada


Al amparo de los artículos 61 y 64 del Plan Especial de Protección del Parque del Foix y del Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales, queda prohibida la escalada dentro del perímetro marcado en rojo.

Dentro de las zonas donde se permite la escalada, señaladas con círculo verde, está prohibida la apertura de nuevas vías sin la autorización del Parque y la aprobación de la Federación Catalana de Entidades Excursionistas (FEEC).