caes

Xarxa de Parcs

Regulación y ordenación de la caza Garraf y Olèrdola


Programa de gestió cinegètica


Batidas de jabalí

 

Horario aproximado de las batidas: de 6 a 15 h

Podeu consultar els avisos de batudes actius a la secció d'avisos i alertes

 

 

El Programa de gestión cinegética de los Parques del Garraf y Olèrdola tiene el objetivo de establecer directrices y propone actuaciones para ordenar la caza en los parques, seguiendo las indicaciones y el texto normativo del Plan especial del Garraf y del Plan especial de Olèrdola, es decir haciendo compatible la actividad cinegética con la conservación y mejora de las poblaciones faunísticas autóctonas y reduciendo los conflictos con usuarios y habitantes de los espacios protegidos.

 
En los dos parques hay un conjunto de Áreas Privadas de Caza gestionadas por las diferentes sociedades de cazadores. La mayor parte de ellas hacen batidas de jabalí durante la temporada de caza, así como algunas batidas extraordinarias. En el siguiente enlace del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural de la Generalitat de Catalunya podrá encontrar un mapa sobre geoinformación y localización de las Áreas Privadas de Caza.
 
 

Sociedades de cazadores en los ámbitos de los parques del Garraf y Olèrdola

 

El calendario que ofrecemos a continuación es sobre las fechas posibles de caza mayor de cada sociedad de caza. Las fechas concretas las iremos informando puntualmente en esta página.
 
Rogamos precaución si tiene previsto transitar por la zona para evitar cualquier tipo de accidente.

 


APC B-10086 Gavà. De septiembre a febrero, sábados y puntualmente algún domingo
APC B-10094 Begues. De septiembre a febrero, sábados.
APC B-10253 Avinyonet. De septiembre a febrero, domingos y algún festivo y sábado.
APC B-10318 Olèrdola. De septiembre a febrero, sábados.
APC B-10323 Sitges. De septiembre a febrero, sábados y algún jueves y domingo.
APC B- 10310 Garraf. De septiembre a febrero, sábados y algún jueves y domingo.
APC B-10362 Vilanova. De septiembre a febrero, domingos y sábado una vez al mes.
APC B-10332 Canyelles. De septiembre a febrero, domingos y sábado una vez al mes.
APC B-10250 Olsesa de Bonesvalls. De septiembre a febrero, sábados y algún domingo y festivo.

Regulación de la pesca


Pescador al pantà del Foix. Autor: Pau Mundó

El Consorcio del Parque del Foix, de acuerd con la Federación de Pesca Deportiva y Casting, la Diputación de Barcelona, el Ayuntamiento de Castellet i la Gornal y la Generalitat de Catalunya, informa de la normativa de regulación de la actividad de la pesca en el mencionado pantano:

  • Por motivos sanitarios y medioambientales, queda prohibida la pesca en todo el pantano, excepto para las competiciones oficiales, degudament autoritzades.
  • La zona donde se podrá realizar las citadas competiciones oficiales (Escenarios de Pesca) es: 

          - L'Alzina; carretera BV-2115 del km 12

  • Por otra parte y debio al estado sanitario del agua, se prohibe también el baño y todo tipo de actividad acuática, así como la utilización de peces o cualquier otro producto proviniente del pantano para el consumo.
  • Si observáis cualquier anomalía o tenéis alguna consulta o incidencia relacionada con el pantano o su entorno, informad rápidamente a alguno de los teléfonos siguientes:

         - Emergencias, 112

         - Guardas del Parque del Foix, 639 347 713

         - Agentes Rurales de la Generalitat de Catalunya, 935 617 000

  • Las sanciones por pesca no autorizada pueden ser de 301 a 3.000 euros.

 

Regulación de la escalada del Parque de El Garraf


Si practica la escalada, hágalo con la máxima seguridad y en las épocas y lugares permitidos. Está prohibida la instalación de vías ferratas y el descenso de gargantas. 

 

 

 

 

 

AVISO INFORMATIVO: Por razones de conservación, el Grupo de Montaña de los Agentes Rurales (GSM) ha desequipado las vías de escalada de la zona prohibida para esta actividad localizadas por encima de la vía Mutant World en el Fondo de Vallbona.
La escalada es una actividad muy arraigada en Cataluña. Las actividades de escalada coinciden en muchos casos con lugares donde hay ejemplares de animales y plantas muy singulares o en peligro, que hay que proteger.
 
Por ello, la Diputación de Barcelona ha puesto en marcha un programa de protección del medio rupícola en el Parque del Garraf, que incluye medidas encaminadas a ordenar su frecuentación y la mejora de estos espacios. Para colaborar con este programa y contribuir a la protección de la fauna y la flora propia de los rocaters, debería seguir las siguientes recomendaciones:

 

  • Para escalar en las zonas no marcadas expresamente en el mapa, será necesario disponer del correspondiente informe favorable del parque. Respetad las indicaciones que encontraréis en algunos puntos de acceso a vías de escalada.
  • Dejad el menor número posible de señales de vuestro paso. No produzcáis daños en la vegetación, respetad al máximo la tranquilidad de la fauna que vive y recoged todos los desechos.
  • Colaborad en la difusión de este programa para conseguir una escalada respetuosa con el entorno, que permita disfrutar de las riquezas del medio rupícola y al mismo tiempo preservarlas.

 

Mapas de las zonas donde está permitida o restringida la escalada

Zona de restricción de la escalada en La Falconera

Zona restricción escalada Falconera

Prohibido escalar en la zona restringida (roja) entre el 16 de enero y el 31 de mayo. Abarca entre las vías El falcó de la foscor y Arqueologia transmediterrània, ambas incluidas (zonas permitidas en amarillo). Haced clic encima de la imagen para ver el mapa completo.

 

Zona restringida en las Penyes de Can Marcer

Restricción escalada Can Marcer

Prohibido escalar en la zona restringida (roja) entre el 16 de enero y el 31 de mayoHaced clic encima de la imagen para ver el mapa completo.

 

Zona restringida en la Roca Negra

Restricción escalada Roca Negra

Prohibido escalar en la zona restringida (roja) entre el 16 de enero y el 31 de mayo. Haced clic encima de la imagen para ver el mapa completo.

 

Zona restringida en el Fondo de Vallbona

Prohibido escalar en la zona restringida (naranja) durante todo el año. Zonas permitidas en amarillo. Haced clic sobre la imagen para ver el mapa entero.

 

Para más información:

Oficina del Parque del Garraf
Tel. 935 970 892 / 935 971 819
C/e: p.garraf@diba.cat

Regulación de la escalada de Sant Llorenç del Munt i l'Obac


Des de el 1 de enero al 31 de julio está vigente la regulación de la escalada en determinadas zonas del parque con el objetivo de garantizar la nidificación de especies de aves protegidas. Consultad el Acuerdo para la regulación de la escalada.

Antecedentes


Las primeres escaladas al macizo de Sant Llorenç del Munt tienen fecha del año 1911, con la ascensión al Cavall Bernat. Desde entonces se han incrementado significativamente las vías de escalada, especialmente a partir de la década de los años 80. Algunas de estas vías se han abierto en zonas de alto valor ecológico, hecho que ha provocado un cierto deterioro de sus valores naturales. El Servicio de Parques Naturales de la Diputación de Barcelona -a partir del que contempla el Texto Normativo del Plan especial y el Decreto 148/1992 de Regulación de Actividades Fotográficas, Científicas y Deportivas- propició el año 1999 un continuo de estudios (elaborados por el Departamento de Vertebrados de la Facultad de Biología de la Universidad de Barcelona) y la creación de un grupo de trabajo integrado por miembros de la Comisión Consultiva del parque natural, con la finalidad de elaborar una propuesta de regulación de la escalada al macizo.

Así pues, al final de 2001 se firmó el Acuerdo para la regulación de la escalada en el Parque Natural de Sant Llorenç del Munt i l'Obac, entre la Federación de Entidades Excursionistas de Cataluña y el Servicio de Parques Naturales. Este acuerdo fue llevado primero a la Comisión Consultiva del parque natural, y aprobado posteriormente por el Consejo Coordinador.

¿Por qué se regula la escalada?


Las aves, en el momento de hacer su nido, buscan lugares en sitios inaccessibles, seguros y tranquilos, con unas buenas condiciones microclimáticas y con un entorno bien conservado, donde poder encontrar alimento. Las especies rupícolas, como el águila perdiguera, el hocino, el buho, el buho chico o el roquero solitario, suelen encontrar estos lugares donde anidar en las grietas de las grandes paredes verticales.

Estas paredes son también idóneas para la práctica de la escalada. Esta coincidencia puede ocasionar molestias que pueden tener un efecto negativo en el normal y deseable desarrollo del proceso de reproducción.

El grado de perturbación depende siempre de la distancia del escalador respecto al nido, del grado de intensidad y duración de la actividad en el lugar, y del momento del año en que se haga la escalada, ya que el período reproductor de estas especies suele ser entre enero y agosto.

El hecho más traumático que se puede provocar en las aves es el abandono del nido por parte de los ejemplares adultos. Hay dos momentos críticos: durante la incubación de los huevos y durante las primeras semanas en las que los pollos están en el nido. Además, si los adultos abandonan a los pollos durante más de media hora se puede producir su muerte por hipotermia, hipertermia o humectación. Si el abandono se hace durante las últimas semanas en que los pollos están en el nido, éstos pueden morir al intentar huir antes de saber volar.

Las aves de rapiña tienen un comportamiento territorial y se dedican casi la mitad del año a criar una o dos crias. Si se provoca el abandono del nido, puede significar un año infructuoso y, a la larga, el descenso de la población o la extinción de una especie en una determinada zona. Si las molestias que sufren se repiten, se puede ocasionar el abandono definitivo del área de cría y la consecuente pérdida de biodiversidad del área.

Acuerdo para la regulación de la escalada en el Parque Natural de Sant Llorenç del Munt i l'Obac


El acuerdo tiene como finalidad hacer compatible la práctica de la escalada con el mantenimiento de los valores ecológicos y la riqueza natural del parque natural.

Los aspectos más notables son:

  • No se abandonará el material en las vías de escalada, excepto lo indispensable, como por ejemplo las reuniones y los elementos de anclaje por aseguramiento y progresión (chapas, parabolt, burins, spits, tacos de madera, lazadas, pitones, cuñas, etc.). No se admitirá la utilización de este tipo de material para cualquier otra actividad que no sea la escalada.
  • Se utilizará material mimético con las rocas (chapas y reuniones de color gris).
  • No se utilizará pintura ni otros materiales para marcar la situación, el nombre o la dificultad de las vías.
  • La apertura de nuevas vías de escalada solo podrá tener lugar en las zonas descritas en el apartado A. La difusión de las vías será restringida a boletines de los centros excursionistas locales.
  • Si se ha de acondicionar el acceso a alguna vía por causa del precario estado de la roca en la parte baja del riscal, se hará cincelando presas de forma moderada mediante la utilización de una escarpa o trepando de baterías, en lugar de utilizar presas artificiales de fibra, plástico, metal o cualquier otro material enganchadas con resina o caracoles.
  • Se tendrá cuidado en no maltratar la vegetación rupícola ni la fauna presente en la pared, así como la que se encuentre a pie de vía o en las zonas de escalada.

 

Normativa vinculada:

  • Decreto 148/1992, de 9 de junio, por el cual se regulan las actividades fotográficas, científicas y deportivas que pueden afectar a las especies de la fauna salvaje.

 

Clasificación de las zonas de escalada


El parque natural se ha dividido en tres zonas. En cada una de ellas se determina el tipo de actividad permitida y la regulación de la misma.

 

A. Zonas donde se puede escalar durante todo el año

 

Estará permitida la escalada y la apertura de nuevas vías en cualquier época del año en las zonas siguientes:

  • Zona 1 Del riscal de l'Agulla de Can Robert a la Castellassa de Can Torres Agonies, Cap del Faraó, roca de les Onze Hores, Cap de Mort y els Plecs del Llibre.
  • Zona 2 Del riscal del canal del Mal Pas de Can Pobla al Mur de la Sibèria, riscal del Bolet de Can Pobla, el Diafragma, Pi del Vent, fuente Soleia, cueva de las Ànimes y Revolt del Drac.
  • Zona 3 De Sescorts a la fuente del Saüc (Sauco) (Sescorts, riscal de la canal del Mico, riscal dels Cavalls, Roc Colom y Hort dels Monjos).

  • Zona 4 También se incluyen en la zona A: la cueva del Drac, els Òbits, zona de la Pola-Tres Creus-Agulles de Tanca, la Placa Sibarit, el Morral del Llop y la zona de las Pedritxes-Foradades.

A causa de la fragilidad del sistema natural y con tal de respetar la fauna rupícola de algunas de las zonas de escalada especificadas en este apartado, se recomienda no escalar desde el 1 de enero hasta el 31 de julio en los riscales entre el canal de Mal Pas y el canal de Can Pobla; en los riscales entre el canal del Esquirol y la roca del Onze Hores y en los riscales y monolitos desde los Plecs del Llibre hasta el canal Gentil, así como en el Mur de Sibèria.

 

B. Zonas de escalada restringida temporalmente

 

Zonas en las que no se puede escalar durante la época de cría de aves rupícolas (desde el 1 de enero hasta el 31 de julio). En estas zonas no se podrán abrir nuevas vías.

  • Zona 1 Les Fogueroses (el Paller, el Gegant y l'Agulla petita)
  • Zona 2 Roca Mur
  • Zona 3 El Cavall Bernat de la Vall, els Emprius i la Falconera
  • Zona 4 Roca Petanta

 

C. Zonas donde no se puede escalar en ninguna época del año

 

  • Zona 1 Sector occidental de la carretera de Terrassa a Talamanca (BV-1221) incluyendo toda la Sierra de l'Obac (excepto el Morral del Llop, la Placa Sibarit, la Pola-coll de Tres Creus, les Foradades y les Pedritxes).
  • Zona 2 Todas los riscales del Norte de la sierra de Sant Llorenç del Munt a partir de la cueva del Drac hasta el Valle (excepto los Òbits y, temporalmente, las Fogueroses, la Roca Mur, los Emprius y el Cavall Bernat de la Vall.
  • Zona 3 Vertiente Este del camino de la Senyora (incluyendo la cueva Roja y la Castellassa del Dalmau).

En consecuencia no se permite la escalada en los lugares siguientes: Can Pèlecs, Cova Roja, el Mugró, cerró de los Cabrits, cerro del Boc, cerro de les Nou Cabres, la Morella, pared de les Foguerosses (excepto las mencionadas en el apartado B), canal del Llor, agulles del serrat de la Coca, el Montcau, Mata-rodona, agulles de Mata-rodona, Castell del Bócs, el Paller de Tot l'Any, la Roca Salvatge, Castellsapera, Roques de la Coca, els Cortins, Castell de la serra de l'Espluga, turó del Mal Pas de Puigdoure, les Formigues, la Castellassa del Dalmau y la Pallera, Roca del Corb, Morrals de la Mata, Morral de la Bassa, Morral d'en Bens.

Regulación de la caza en el Montseny


La caza del jabalí es una actividad tradicional fuertemente arraigada en el Montseny, donde se lleva a cabo, prácticamente con el mismo sistema de caza (la batida), ya desde principios del siglo XX. Las poblaciones de jabalí han experimentado aumentos muy importantes en las últimas décadas debido al importante incremento de la superficie forestal en Cataluña, la falta de depredadores naturales y la baja actividad humana en los bosques.
El Montseny es uno de los espacios de Cataluña con una densidad más elevada de jabalíes. Esto causa conflictos porque provocan daños a los cultivos, accidentes en las carreteras y también pueden afectar otras especies de la fauna. Actualmente, debido a la ausencia de grandes depredadores, la caza es el principal mecanismo para controlar el crecimiento de las poblaciones de jabalíes.
 
La caza del jabalí es una actividad estrictamente regulada y se desarrolla dentro de un periodo hábil, que establece cada año la Generalitat de Catalunya. En los últimos años, esta actividad está permitida desde principios de septiembre hasta finales de febrero. Fuera de este período, los cazadores pueden colaborar a controlar los daños del jabalí, cazando con autorizaciones excepcionales.
 
 

Normas para los cazadores, cuando realizen una batida

  • Llevar una prenda de colores de alta visibilidad, dentro de la gama del amarillo al rojo (Resolución MAB/2308/2003).
  • No poner las paradas en una franja de menos de 50 ma cada lado de las carreteras oa menos de 25 m de los caminos públicos, ni a menos de 100 metros de los núcleos habitados oa menos de 50 m de edificios habitables aislados, jardines o parques uso público. Tampoco está permitido disparar en dirección a esos lugares (Decreto 506/1971).
  • Señalizar los accesos a las zonas donde se lleva a cabo una redada .

 

Normas para el resto de personas, cuando estén en una zona donde se realice una batida

  • Respetar esta actividad, tradicional y necesaria para controlar las poblaciones de jabalíes.
  • Respetar la señalización informativa de la batida. Intentar no pasar por las zonas indicadas y elegir recorridos alternativos si es posible. En caso contrario, hay que avisar algún cazador o hacer evidente nuestra presencia en el bosque para evitar accidentes.
  • En caso de llevar perro, llevarlo atado.
  • Los usuarios de quads y motos deben recordar que sólo está permitida la circulación por las pistas y caminos forestales pavimentados o de anchura igual o superior a 4 m (Ley 9/1995) y respetando las normas de circulación.
  • En general, se deben evitar pistas que estén señalizadas con aviso de caza del jabalí. Hay que tener en cuenta que la presencia de vehículos o de personas puede provocar el fracaso de la batida o accidentes con los perros y los cazadores.
 

 

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