FAQS - Cicloturismo y motociclismo
La circulación en bicicleta solo está permitida por carreteras, pistas forestales o por caminos de más de 3 metros de anchura, siempre respetando preferentemente los peatones. La velocidad máxima permitida es de 30 km/h en todos los parques, excepto en el Parque de la Serralada de Marina y en el Parque Natural de la Serra de Collserola, en que es de 20 km/h.
Las rutas de la Red de Parques Naturales están pensadas para hacer a pie. El Parque Natural de la Sierra de Collserola sí que dispone de rutas para hacer en bicicleta.
Para circular en bicicleta en los parques hay que seguir la normativa vigente.
En algunos parques, hay mapas de caminos ciclables:
En el Parque de la Serralada Litoral existe una red viaria ciclable. Puedes encontrar toda la información en el apartado Regulaciones. Red viaria ciclable.
En el Parque de El Foix existe un mapa de caminos para realizar actividades organizadas. Puedes descargártelo en el apartado Trámites.
En el Parque Natural de la Serra de Collserola también existe un mapa de caminos para actividades autorizadas.
La realización de actividades en bicicleta colectivas, en grupos iguales o superiores a 10 personas, ya sea con carácter competitivo o de ocio, queda sujeta a la autorización o informe preceptivo de cada parque. Puedes hacer la solicitud mediante la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona. El Parque de la Serralada Litoral tiene Sede electrónica propia.
Por causas justificadas, en determinadas zonas de un parque la circulación en bicicleta se puede restringir temporalmente o permanentemente. En el caso del Parque de la Serralada Litoral, los recorridos de actividades organizadas en bicicleta deben realizarse sobre las vías incluídas en la cartografía específica.
La circulación de vehículos motorizados está limitada a las pistas abiertas al público y no se permite campo a través, por cortafuegos o por los lechos de rieras y torrentes.
Para más información, consulta la Llei d'accés motoritzat al medi natural [texto en catalán].
Debes adecuar la velocidad al tipo de vía. Por pistas, la velocidad máxima es de 30 km/h, excepto en el Parque de la Serralada de Marina y en el Parque Natural de la Serra de Collserola, en que es de 20 km/h.
Esta es una medida necesaria para preservar el espacio natural, la actividad económica y ganadera y evitar el paso de vehículos motorizados así como posibles daños. Por otra parte, hay zonas de los parques que son de titularidad privada.