La Convención de la UNESCO
En 2003, la UNESCO aprobó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, que tiene como objetivos la identificación, la documentación, la investigación, la preservación, la protección, la promoción, la valoración, la transmisión y la revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos.
La Convención, que entró en vigor el 20 de abril de 2006, y que se está desplegando por los 161 estados que voluntariamente lo han ratificado, como España, establece la obligación de elaborar un inventario del patrimonio cultural inmaterial con participación de las comunidades, los grupos y las organizaciones no gubernamentales pertinentes. Este es uno de los primeros retos que se deben asumir.
La Convención tiene la finalidad de poner en valor el patrimonio cultural inmaterial de todos los pueblos del mundo, ante la constatación de que muy a menudo este patrimonio no es suficientemente valorado ni por la propia población y está desapareciendo a un ritmo acelerado.
El patrimonio cultural inmaterial es un concepto relativamente nuevo que se refiere fundamentalmente a los ámbitos de la cultura popular y tradicional, el patrimonio etnológico y el folclore. La Convención lo define como:
Este patrimonio inmaterial se manifiesta en particular en las categorías siguientes:
- tradiciones y expresiones orales, incluida la lengua como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
- artes del espectáculo;
- usos sociales, rituales y actos festivos;
- conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
- prácticas artesanales tradicionales.
De acuerdo con la Convención, la "salvaguarda" incluye, entre otros, la identificación, la documentación, la investigación, la preservación, la protección, la promoción, la valoración, la transmisión y la revitalización de este patrimonio.