El pla de usos
El Plan de Usos del Parque Fluvial del Besòs es el documento que regula las actividades que se admiten en la Zona de uso público del parque, los horarios de apertura y el control de la accesibilidad en los accesos.
Usos admitidos
- En la zona de césped se admiten, en general, todas aquellas actividades de ocio y esparcimiento en concepto individual o en grupo, siempre que no provoquen interferencias entre los ocupantes y sean compatibles con el mantenimiento de la vegetación y de las instalaciones.
- En el vial asfaltado se admite pasear a pie, a caballo y en bicicleta. La anchura del margen izquierdo permite que la circulación en bicicleta pueda realizarse en un carril segregado debidamente señalizado, siempre a una velocidad moderada que garantice la seguridad de todos los usuarios.
Usos no admitidos
- No se admite el baño en el río ni ningún uso ni actividad que comporte un contacto con la lámina de agua.
- No se admiten vehículos a motor a excepción de los utilizados en las tareas de mantenimiento y de los vehículos de emergencia que puntualmente deban acceder al parque.
- No se admiten competiciones deportivas, conciertos, ferias o actividades multitudinarias.
Horarios del parque
- Primavera, del 21 de marzo al 20 de junio : de 10 a 18 h.
- Verano, del 21 de junio al 20 de septiembre : de 10 a 21 h.
- Otoño, del 21 de septiembre al 20 de diciembre : de 10 a 18 h.
- Invierno, del 21 de diciembre al 20 de marzo : de 10 a 17 h
Control del uso público
La zona de uso público del parque dispone de un Servicio de control del uso público que, mediante la presencia de auxiliares de servicios sobre el terreno, garantiza el cumplimiento de los horarios de apertura y cierre de los accesos al parque, la supervisión de los usos que se efectúan en él, la información a los usuarios, y el apoyo en el cumplimiento de los protocolos de evacuación en los supuestos previstos en el Sistema de Alerta Hidrológica del río Besòs (SAHBE).